jueves, 15 de julio de 2010
EL PIS SIGUE HURGANDO
Ya es actividad común que nuestros colaboradores hurguen en los más recónditos lugares para traer la noticia más escondida.
Toca hoy de nuevo el turno de nuestra colaboradora perteneciente a la ONG "Mujer y Sociedad - Anónima" quien luego de paciente búsqueda pone a disposición de nuestro público lector el dictamen del Tribunal de Apelaciones sobre el sonado caso de Caperucita Roja y el Lobo Feroz.
Al fin justicia!!
DICTAMEN DEL TRIBUNAL DE APELACIONES DE 4º TURNO EN AUTOS CARATULADOS: CAPERUCITA ROJA c/ EL LOBO FEROZ
Visto y considerando:
1) Que Caperucita no desconocía que podía encontrarse con el Lobo.
2) Que tampoco era ajena al hambre del Lobo, ni a los peligros del bosque.
3) Que si le hubiera ofrecido la cesta de la merienda para que el Lobo calmara su hambre, no habrían ocurrido los sucesos referidos al sonado caso.
4) Que el Lobo no ataca a Caperucita de inmediato, y que hay evidencias que primero conversa con ella.
5) Que es Caperucita quien le da pistas al Lobo y le señala el camino de la casa de la abuelita.
6) Que la anciana es inimputable ya que confunde a su nieta con el Lobo.
7) Que cuando Caperucita llega y el Lobo está en la cama con la ropa de la abuela, Caperucita no se alarma.
8) Que el hecho de que Caperucita confunda al Lobo con la abuelita demuestra lo poco que iba a visitarla, hecho que tipificaría un abandono de persona minusválida por parte de la joven Caperucita.
9) Que el Lobo, con preguntas simples y directas, quiere desesperadamente alertar a Caperucita sobre su posible conducta.
10) Que cuando el Lobo, que ya no sabe qué más hacer para alertarla, se come a Caperucita, es porque ya no le quedaba otra opción.
11) Que es altamente posible que antes Caperucita mantuviera relaciones sexuales con el Lobo y las disfrutara.
12) Que la versión de que Caperucita, cuando oye la pregunta del Lobo: «¿Adónde vas?» responde: «A bañarme desnuda en el río...», según testimonio de la ardilla que dice que le confesó el sapo antes de fallecer, cobra cada día más fuerza.
13) Que se desprende del punto anterior que es Caperucita la que provoca los más bajos instintos, brutales y depredadores, en la pobre fiera.
14) Que el Lobo ataca, pero tal hecho corresponde a su propia naturaleza y a su instinto natural y animal, exacerbados por la conducta de la susodicha Caperucita.
15) Que es un párrafo aparte la conducta de la madre de Caperucita, quien exhibe culpabilidad por no acompañar a su hija.
POR TODO LO ANTES DICHO, SE REVOCA EL FALLO DE 1ª INSTANCIA, ABSOLVIÉNDOSE AL SEÑOR LOBO Y SE DISPONE ADEMÁS:
a) Apercibir a la familia de Caperucita, imponiendo a la abuela presentarse a pericia gerontológico con perito a designar.
b) A la madre, condenarla al pago de los costos y honorarios correspondientes, derivados del presente juicio.
c) A la familia de Caperucita, pagar la suma de $700.000 en concepto de indemnización al señor Lobo.
Aclárase asimismo en el presente fallo que este proceso no afecta el buen nombre y honor del Señor Lobo y que este Tribunal agradece el apoyo de la Asociación de Buenos Padres de Familia en favor del Señor Lobo.
PUBLÍQUESE, ARCHÍVESE, Y TÉNGASE POR FIRME EL PRESENTE FALLO.
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